La Agencia de Protección de Datos continua apostando por educar a
las empresas que tratan datos personales en la realización de comportamientos proactivos, diligentes y
responsables que contribuyan a garantizar el respeto en la
utilización de datos personales y a fortalecer la confianza de los clientes y
usuarios de dichas empresas en que sus datos están siendo tratados
adecuadamente.
Fruto de esa apuesta, la Agencia aboga por el concepto de “privacidad desde el diseño”,
que significa que las cuestiones de protección de datos y privacidad se
tomen en consideración desde la fase inicial, desde el momento mismo del diseño
de un producto o servicio (por ejemplo un nuevos programa o sistema
informático, una página web en la que se recojan y traten datos personales, una
campaña de mailing masiva o una campaña de telemarketing, una aplicación de
gestión de nóminas …) identificando
los posibles riesgos para poder corregirlos anticipadamente evitando que una
vez desarrollado o implantado, se descubra su ilegalidad o que no respeta
adecuadamente la normativa sobre protección de datos y haya que rediseñarlo o
adaptarlo con los altos costes que eso supone, no solo económicos sino incluso
(lo que es más importante todavía) de imagen y reputación para la empresa
afectada.
Para gestionar ese riesgo se puede realizar previamente una Evaluación de Impacto en la
Protección de Datos consistente en analizar los riesgos
que un determinado sistema de información, producto o servicio puede entrañar
para la protección de los datos de los afectados, para gestionar los riesgos
identificados adoptando las medidas necesarias para eliminarlos o mitigarlos.
En estos momentos no hay obligación legal de realizar Evaluaciones de
Impacto aunque podría existir en el futuro si se aprueba la Propuesta de
Reglamento General de Protección de Datos para la Unión Europea en los términos
propuestos por la Comisión Europea. En todo caso la propia Agencia establece
que aunque la realización de una evaluación de impacto no eximirá de
responsabilidades en caso de vulneración de la normativa de protección de
datos, sí podrá ser tenida en cuenta como un elemento relevante para
valorar si la empresa ha sido diligente en la implementación de las medidas
adecuadas para cumplir con las exigencias legales.
Por supuesto no es imprescindible hacerlas en caso de pequeños
cambios o proyectos que no signifiquen modificaciones importantes o nuevos usos
de datos personales o que éstas sean sencillas y no impliquen riesgos para la
privacidad; ni no todas las EIPD tienen por qué realizarse con la misma
profundidad, sino que dependerá del tipo de empresa, del sector y actividad de
la misma del tamaño de la organización, de si hace tratamientos masivos de
datos personales especialmente si son sensibles como datos de menores o de
salud …
En Vadillo Asesores podemos
ayudarle y asesorarle en la realización de una evaluación de impacto, por lo
que si lo desea puede ponerse en contacto con Luis Jorquera en el teléfono 945
22 27 62 o en l.jorquera@grupovadillo.com
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