miércoles, 24 de septiembre de 2014

Actualización de la base de autónomos


Los trabajadores por cuenta própia o autónomos, pueden cambiar semestralmente su base de cotización, eligiendo otra dentro de las establecidas, siempre que lo soliciten expresamente en su respectiva dirección de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración correspondiente.




Los plazos serían:
  • 30 de abril con efectos 01 de julio.
  • 30 de septiembre con efectos 01 de enero.

Con caracter general y al margen de situaciones específicas, las bases de cotización pueden oscilar durante el año 2014:

          1.- Para los trabajadores  menores de 47 años  sus limites son:

               -base máxima = 3.597,00€
               -base mínima = 875,70€

          2.- Para los trabajadores con 47 años al 01/01/2014 sus limites son:

          - (sólo si su base de cotización a diciembre de 2013 fué igual o superior a 1.888,80€)
               -base máxima = 3.597,00€
               -base mínima = 875,70€

          3.- Para los trabajadores con 47 años o más al 01/01/2014 sus límites son:

               -base máxima = 1.926,60€
               -base mínima = 944,40€


 Si durante el primer semestre del año 2015 Ud. cumple 47 años y quiere ir a las bases máximas deberá solicitarlo antes del 30 de septiembre del presente año.

Si estuvieran interesados en complementar con otras alternativas pueden contactar con nuestra asesora Natalia Gorostiaga ngorostiaga@grupovadillo.com o en el Tfno 945 22 27 62.

Actualización de la base de autónomos


Los trabajadores por cuenta própia o autónomos, pueden cambiar semestralmente su base de cotización, eligiendo otra dentro de las establecidas, siempre que lo soliciten expresamente en su respectiva dirección de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración correspondiente.




Los plazos serían:
  • 30 de abril con efectos 01 de julio.
  • 30 de septiembre con efectos 01 de enero.
Con caracter general y al margen de situaciones específicas, las bases de cotización pueden oscilar durante el año 2014:

1.- Para los trabajadores  menores de 47 años  sus limites son:

          -base máxima = 3.597,00€
          -base mínima = 875,70€

2.- Para los trabajadores con 47 años al 01/01/2014 sus limites son:

     - (sólo si su base de cotización a diciembre de 2013 fué igual o superior a 1.888,80€)
          -base máxima = 3.597,00€
          -base mínima = 875,70€

3.- Para los trabajadores con 47 años o más al 01/01/2014 sus límites son:

          -base máxima = 1.926,60€
          -base mínima = 944,40€


 Si durante el primer semestre del año 2015 Ud. cumple 47 años y quiere ir a las bases máximas deberá solicitarlo antes del 30 de septiembre del presente año.

Si estuvieran interesados en complementar con otras alternativas pueden contactar con nuestra asesora Natalia Gorostiaga ngorostiaga@grupovadillo.com o en el Tfno 945 22 27 62.

martes, 23 de septiembre de 2014

Más de 65 años creciendo juntos


Boletín 2014/09/23.- Planifica tu jubilación

 PLANIFICA TU JUBILACION

La planificación financiera para la jubilación debe ser un análisis dinámico que se realice con relativa frecuencia (anual), dado que las condiciones económicas, familiares y personales van cambiando, y por tanto, los objetivos pueden quedar desfasados o la capacidad de ahorro y los gastos haber variado sustancialmente.
Por tanto, la planificación financiera debe realizarse de forma individualizada en función de las particularidades de cada persona,

¿Cuál es el mejor momento para comenzar a ahorrar para la jubilación?


Dado que cada vez se viven más años, y por tanto más tiempo como jubilado, si se quiere complementar la pensión pública de jubilación para disfrutar de un nivel de vida confortable y hacer frente a posibles contingencias futuras, es necesario ahorrar más para ese momento. Por tanto, si se comienza a ahorrar a edades tempranas, por ejemplo, antes de los 30 años, el esfuerzo ahorrador a realizar será mucho menor que si se retrasa el momento de comenzar a ahorrar, acumulando ahorro durante un mayor periodo de tiempo, lo que permitirá obtener una mayor rentabilidad, y permitirá disponer de un abanico más amplio de combinaciones de rentabilidad-riesgo. Esto permitirá asumir un mayor riesgo durante la juventud y menor en edades avanzadas.

 
¿Cuánto hay que ahorrar para la jubilación?

La cantidad a ahorrar de forma periódica vendrá determinada por diferentes factores, pero los más importantes son la capacidad de ahorro (ingresos y gastos), el nivel de vida deseado una vez jubilados y el horizonte temporal hasta la jubilación.

En cualquier caso, al tratarse de un proceso dinámico en el que ser consideradas numerosas variables, tanto económicas como sociales, es aconsejable recurrir a un asesoramiento profesional para estimar de forma razonable cuáles son las necesidades de ahorro para mantener un determinado nivel de vida una vez jubilados.
 
¿Cuál es el producto de inversión más adecuado para la jubilación?

De forma general, no se puede hablar de inversiones mejores ni peores para la jubilación, sino de productos que se ajustan mejor o peor a los objetivos y perfiles de riesgo de la persona que los contrata.
  • Perfil de riesgo. El perfil de riesgo refleja la capacidad y actitud de tolerar las pérdidas que puedan ocurrir en las inversiones.

  • Binomio rentabilidad-riesgo. La rentabilidad de las inversiones va muy ligada al concepto de riesgo Normalmente, cuanto más riesgo se esté dispuesto a asumir, más rentabilidad se puede obtener; pero de igual forma, mayores son las pérdidas que se pueden registrar.

  • Liquidez. Dado que algunos de los productos de ahorro destinados a la jubilación no son líquidos, si se invierte en ellos, no se podrá rescatar el ahorro acumulado hasta que se produzca alguna de las contingencias cubiertas por estos. Por tanto, es importante tener en cuenta las posibles necesidades de liquidez pen el corto plazo asegurándose una cierta capacidad de elección entre diferentes vehículos llegado el caso.

  • Comisiones y gastos. A la hora de contratar un producto financiero para la jubilación, dado que la inversión suele ser muy a largo plazo, las comisiones y gastos asociados a los productos elegidos adquieren mayor importancia.

  • Fiscalidad. Será necesario incluir este criterio durante el proceso de selección del producto de inversión, porque los rendimientos obtenidos están sujetos a tributación.

Optimización fiscal del ahorro 


El ahorrador debe conocer:

Durante la fase de acumulación de ahorro

Existen productos que ofrecen la posibilidad de efectuar aportaciones a los mismos con un tratamiento fiscal ventajoso, ya que las cuantías que se aportes anualmente sirven para reducir la tributación en el IRPF de sus titulares pero, como contraprestación, tienen poca liquidez ya que no se puede recuperar el dinero hasta la jubilación (salvo excepciones)

Durante la fase de percepción de las rentas derivadas de dicho ahorro
Hay productos que permiten gestionar la tributación asociada a las prestaciones percibidas en función de la forma y duración de pago elegida. En cualquier caso es aconsejable comenzar a cobrar el ahorro acumulado una vez jubilados (al año siguiente) porque lo habitual es que los ingresos se reduzcan y por lo tanto la cuota a pagar en el IRPF sea menor.

Dado que la oferta es múltiple y con tratamientos fiscales diferentes en función del producto elegido, la cantidad destinada al ahorro y el plazo del mismo, además de que la fiscalidad es compleja y cambiante en el tiempo, para optimizar el todo momento la factura fiscal derivada del ahorro, será clave disponer de asesoramiento profesional y personalizado.

Ejemplo:



 Mientras que el pago del IRPF una vez rescatado el plan, asciende a 23.699€, el ahorro fiscal logrado durante la fase de aportación fue de 32.192€. La razón es que el tipo de gravamen de Paula durante la fase de aportaciones es superior al del periodo de cobro, debido a que su pensión de jubilación es menor que su salario en activo y a que ha rescatado en forma mixta (parte en capital*, parte en renta) de tal forma ha conseguido reducir la progresividad del IRPF que ha tenido que afrontar.

(*) 15.000€ (60% x 25.000€) - 40% exento de gravamen.
 

Para cualquier consulta pueden contactar con Natalia Gorostiaga ngorostiaga@grupovadillo.com