lunes, 13 de febrero de 2012

Modificación de tipos de retención en determinados impuestos

El Boletín Oficial Del Territorio Histórico de Álava nº 14, de 3 de febrero, publica el Decreto Foral 2/2012, del Consejo de Diputados de 26 de enero, de modificación de diversos tipos de retención para 2012 y 2013.


     Entre las modificaciones de los tipos de retención cabe destacar:

          Retenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
    • 1. La retención a practicar sobre los rendimientos del capital mobiliario, desde el 12 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013, será el resultado de aplicar a la base de retención el porcentaje del 21 por ciento. 
    • 2. La retención a practicar sobre los rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre los bienes anteriores y los procedentes de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen, cualquiera que sea su calificación, será el resultado de aplicar el tipo de retención del 21 por ciento sobre los ingresos íntegros satisfechos.
          Retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles:
    • La retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será el resultado de aplicar el porcentaje del 21 por ciento sobre todos los conceptos que se satisfagan al arrendador, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
          Retención e ingreso a cuenta del Impuesto sobre Sociedades:
    • Porcentaje de retención e ingreso a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (artículo 55 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades) desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013, será el resultado de aplicar a la base de retención el porcentaje siguiente:
    • c) En el caso de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos, el 21 por 100.
    • d) En el caso de ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, el 21 por 100.
     Para cualquier duda o aclaración, no dejen de plantearnos sus consultas.


Arantza Imaz
a.imaz@grupovadillo.com

Programa +Innova 2012

  La Sociedad para la Transformación Competitiva (SPRI) ha hecho pública la aprobación de la normativa por la que se regirá el Programa +Innova.
         
 El presente programa tiene por objeto:
  • 1.- Apoyar la realización en las empresas de la CAPV de Itinerarios de Competitividad e Innovación, en cualquiera de sus sucesivas etapas: Definición, Desarrollo mediante Proyectos de Capacitación y Definición de Proyectos de Innovación en los ámbitos de proceso, producto/servicio, mercado u organización, y, finalmente, Revisión.
  • 2.- Apoyar la realización en las empresas de la CAPV de Proyectos de Innovación Excelente en los siguientes ámbitos: Replanteamiento de Estrategia, Innovación en Mercado y Organización y Desarrollo de la Capacidad de Innovación.
          En los Itinerarios de Competitividad e Innovación, tendrán la condición de beneficiarias las PYMES que no cuenten en su organización con personas acreditadas como consultoras de SPRI y que no hayan recibido ayudas en el Programa Agendas de Innovación de SPRI.
         
         En los proyectos de Innovación Excelente, serán beneficiarias las PYMES y las Grandes Empresas.

          Ambos beneficiarios tendrán, entre otros, los siguientes requisitos comunes:
  • a) Disponer las empresas de una plantilla de, al menos, 10 trabajadores.
  • b) Realizar, las empresas, actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al productoproceso conexos a las anteriores, del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones y de comercio mayorista.
  • c) Disponer las empresas de un centro de actividad económica en la CAPV.
  • El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finalizará, salvo agotamiento presupuestario, el 18 de septiembre de 2012.
          Las entidades que reúnan las condiciones para poder acceder a las ayudas previstas deberán cumplimentar los formularios de Solicitud de Ayuda habilitados en la página web de SPRI: http://spri.es/masinnova

          Para aclararles cualquier duda que pudieran tener al respecto pueden preguntar por:

Luis Miguel Llamazares

Programa Modernización Equipamiento Productivo (MEP)

La Sociedad para la Transformación Competitiva (SPRI), ha hecho pública la aprobación de la normativa por la que se regirá el Programa Modernización Equipamiento Productivo (MEP).

          Este programa tiene por objeto fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de los equipamientos productivos y a su vez adecuarlos a las normas de seguridad y salud laboral, propiciando el achatarramiento de la maquinaria existente para sustituirla por una nueva.

          Tendrán la condición de entidades beneficiarias las empresas industriales que dispongan de un centro de actividad económica en la CAPV y menos de 50 trabajadores en el conjunto de la empresa y que realicen la actuación subvencionable en la CAPV.

          Serán actividades subvencionables las adquisiciones de maquinaria destinada a la modernización de equipamientos productivos de las empresas industriales, adecuándolos a las normas de seguridad y salud laboral, así como a mejorar la productividad para aumentar el grado de competitividad.

          En la línea de la sostenibilidad mantenida, se procederá a la adquisición de maquinaria nueva y al achatarramiento de la maquinaria existente.

          Tendrán la condición de gastos elegibles, los acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria destinada al envasado y embalaje de productos y materiales, al ensamblaje de componentes, a la transformación de materia prima y productos semielaborados, y a la manipulación automática en los procesos productivos de la explotación económica de la empresa solicitante, que realice, cuando menos, las mismas funciones que la maquinaria a la cual va a sustituir.

          La maquinaria existente a sustituir, deberá contar con una antigüedad mínima de 10 años y habrá de ser achatarrada, no pudiendo ser utilizada en ningún proceso de producción ni parcial ni totalmente, tanto en la propia empresa como en, cualquier otra empresa.

          La maquinaria nueva será instalada en la empresa beneficiaria debiendo estar incluida en la evaluación de riesgos de la empresa. Además deberá cumplir con las siguientes especificaciones y características:
  • a) La maquinaria nueva deberá cumplir con todas las disposiciones establecidas en el artículo 2, apartados 7, 8 y 9. No obstante, se admitirán máquinas que sean nuevas y cuya fecha de fabricación sea anterior al 29 de diciembre de 2009 y acogidas a la normativa vigente hasta esa fecha.
  • b) Tener el marcado CE en la máquina de manera visible, legible e indeleble.
  • c) Contar con la preceptiva declaración “CE” de conformidad de la máquina.  Esta declaración y el manual de instrucciones deberán estar redactados o traducidos del original, al menos en castellano.
          La adquisición de la nueva maquinaria podrá financiarse mediante arrendamiento financiero y será considerada subvencionable, siempre y cuando la empresa se comprometa expresamente a ejercitar la opción de compra correspondiente ante la entidad financiera con la que realice la operación.

          Las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse en el ejercicio económico en que se presenta la solicitud.

          Las ayudas objeto de este programa se instrumentarán en forma de subvenciones por importe del 20% de los gastos elegibles, acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria, por un importe máximo de 18.000 euros por cada máquina nueva adquirida y de 40.000 euros como máximo por empresa y año.

          El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finalizará, salvo agotamiento presupuestario, el 14 de septiembre de 2012.

          Las entidades que reúnan las condiciones para poder acceder a las ayudas previstas deberán cumplimentar los formularios de Solicitud de Ayuda habilitados en la página web de SPRI: http://spri.es/mep

          Para aclararles cualquier duda que pudieran tener al respecto pueden preguntar por:

Luis Miguel Llamazares

Programa de “Apoyo Financiero (AFI)”

La Sociedad para la Transformación Competitiva (SPRI) ha hecho pública la aprobación de la normativa por la que se regirá el Programa “Apoyo Financiero (AFI)”.

          Este programa tiene por objeto establecer ayudas financieras para la inversión en inmovilizados intangibles y/o materiales nuevos, y para la financiación de circulante en los sectores industrial, comercial y turístico de la CAPV.

          Tendrán la consideración de entidades beneficiarias las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que dispongan de un centro de actividad económica en la CAPV y que localicen proyectos de inversión objeto de ayuda en la CAPV.

          Se subvencionará la adquisición de inmovilizados intangibles y/o materiales nuevos en alguna de las siguientes categorías contables:
  • 206 Aplicaciones informáticas.
  • 210 Terrenos y bienes naturales, excepto para sector turismo.
  • 211 Construcciones
  • 212 Instalaciones técnicas
  • 213 Maquinaria
  • 214 Utillaje
  • 215 Otras instalaciones
  • 216 Mobiliario, sólo para sectores comercio y turismo
  • 217 Equipos para procesos de información
  • 218 Elementos de transporte, sólo para sector turismo
  • 219 Otro inmovilizado material
          Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las siguientes:
  • a) Operaciones de préstamo destinadas a la financiación de inversiones subvencionables.
  • b) Operaciones de arrendamiento financiero destinadas a la financiación de inversiones subvencionables.
  • c) Operaciones de préstamos destinadas a la financiación de circulante.
          La inversión subvencionable deberá alcanzar un volumen mínimo de inversión de 100.000 euros en el sector industrial y de 30.000 euros en los sectores turístico y  comercial.

          La inversión subvencionable se deberá realizar en el mismo ejercicio que el de la formalización de la operación de préstamo y/o arrendamiento financiero.

          El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finalizará, salvo agotamiento presupuestario, el 14 de septiembre de 2012.

          Las entidades que reúnan las condiciones para poder acceder a las ayudas previstas  eberán cumplimentar los formularios de Solicitud de Ayuda habilitados en la página web de SPRI: http://spri.es/afi

Para aclararles cualquier duda que pudieran tener al respecto pueden preguntar por:

Luis Miguel Llamazares
l.m.llamazares@grupovadillo.com

Nuevo Encuentro del Mecanizado en Murcia.

Tenemos el placer de invitarle,  al Décimo Encuentro de Mecanizado que se celebrará en Murcia, el Jueves 8 de Marzo, en horario de 9h30 a 15h00.

Tendrá lugar en las instalaciones del FREMM Federación Regional de Empresarios del Metal Murcia:
C/ del Metal, 4 30009 Murcia
Tlf: 968 965 501(directo)  968 931 502
Fax: 968 931 510

Una vez más Grupo Vadillo representado por D. Jose Antonio Gomez ha sido invitando como ponente.

Durante toda la jornada se tratarán aspectos relacionados con la competitividad del sector, desde diferentes puntos de vista como gestión empresarial, gestión de las personas, futuro de la red de subcontratación local, nuevos mercados como alternativa al mercado tradicional o la innovación en la pyme del mecanizado. En el programa que le adjuntamos verá los temas de las ponencias que se van a desarrollar.

Podrá realizar su inscripción para asistir de forma gratuita,  a través del siguiente enlace: 
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN