Podrán optar a las ayudas enmarcadas en las
acciones locales de promoción de empleo subvencionado por Lanbide, las
empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que cumplan con
los siguientes requisitos:
1. Tener domicilio social y fiscal
en el Municipio de Vitoria-Gasteiz o en un polígono industrial ubicado a menos
de 20 km de la ciudad.
2. Desarrollar directamente las
actividades subvencionables en un centro sito en el municipio de
Vitoria-Gasteiz y/ ó en el cinturón industrial de Vitoria-Gasteiz, siempre y
cuando se trate de polígonos situados a menos de 20 km de la ciudad.
3. Para tener la consideración de
subvencionables, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo
sobre la plantilla media total existente en el centro de trabajo en el que se
vaya a ubicar la persona contratada, en los 3 meses inmediatamente anteriores a
la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. Esta Condición
deberá ser acreditada por la empresa y certificada por el Ayuntamiento de
Vitoria-Gasteiz.
4. Realizar una contratación cuyo
período de vigencia cubra un período mínimo de tres meses.
5. El cumplimiento de estas
condiciones deberá mantenerse durante todo el tiempo en el que los/as
beneficiarios/as se encuentren participando en el Programa de ayudas que regula
estas Bases.
Requisitos de las personas a contratar
Las personas a contratar deberán cumplir los
siguientes requisitos:
- En el momento de la contratación deberán
estar inscritas como demandantes de empleo en Lanbide- Servicio Vasco de
Empleo.
- No serán objeto de
subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes
que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el
segundo grado inclusive, con el/la empresario/a o con quienes tengan el
control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los
órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica
de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos. A tal efecto,
las empresas solicitantes deberán presentar una declaración jurada
comprensiva de estos extremos.
Será objeto de ayuda
la realización de nuevos contratos laborales de personas desempleadas
que cumplan los requisitos del apartado anterior.
- La duración mínima de los contratos será
de 3 meses y máxima de 6 meses, pudiendo formalizarse mediante cualquier modalidad
de contratación con excepción del contrato para la formación y el
aprendizaje. Los contratos podrán ser a jornada completa o tiempo parcial
con un mínimo del 50% de jornada.
- La fecha final de los contratos no podrá
superar en ningún caso el 31 de mayo del 2015.
- El plazo de solicitud de la ayuda expira
el 30 de Septiembre de 2014.
- las contrataciones podrán prolongarse
más allá del término final de la subvención sin que en ningún caso los
costes correspondientes a fechas posteriores puedan ser objeto de
subvención.
- Las contrataciones para las que se
solicite ayuda no podrán haberse realizado con anterioridad a la fecha de
la Resolución de concesión de ayudas por parte de Lanbide – Servicio Vasco
de Empleo.
- La extinción de los contratos de trabajo
con anterioridad al periodo de duración mínimo exigido o subvencionado en
cada caso, supondrá el reintegro de la subvención concedida, salvo que tal
extinción sea debida a causas ajenas a la voluntad de la entidad
contratante, en cuyo caso se reducirá el importe de la subvención en
proporción a la duración efectiva del contrato de trabajo. Esta
circunstancia deberá de ser documentada.
La cuantía de la subvención será hasta un máximo de 7.600 € por seis meses a jornada completa.
- En ningún caso, la cantidad a abonar, de
subvención, será superior al 95%
del coste salarial (entendiéndose este como el salario bruto del
trabajador y los costes sociales a cargo de la empresa). Si se produjera
tal supuesto, se reducirá el importe de la subvención a conceder por el
Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz en el exceso respecto al coste salarial.
- En cada contratación a tiempo parcial o
de contratos de duración entre 3 y 6 meses; la subvención a conceder a la
empresa seleccionada será proporcional a la jornada trabajada, que nunca
será inferior al 50%.
El abono de la ayuda se realizará en dos pagos, previo informe técnico del Departamento de Empleo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz .
·
Un primer pago del 50% de la
cantidad correspondiente, tras la realización de la contratación, y el otro 50%
a la finalización de la misma.
·
La fecha límite par o pago. A la
presentación de la documentación será de 15 días a partir de la fecha de
contratación para el abono del primer pago, y 15 días a partir de la fecha de
finalización del periodo del contrato a subvencionar para el abono del segundo
pago.
Obligaciones de las empresas beneficiarias.
·
Cumplir con todas las condiciones
exigidas en la Resolución de 17 de octubre de 2013, del Director General de
Lanbide – Servicio Vasco de Empleo por la que se procede a la publicación de la
Convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, y por las
presentes Bases.
·
Someterse a las actuaciones de comprobación
del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponden a la
Intervención General del mismo y a las previstas en las normas del Tribunal
Vasco de Cuentas Públicas.
·
Comunicar al Ayuntamiento la modificación de
cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida
en cuenta para la concesión de la subvención.
·
Acreditar que se hallan al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la
Seguridad Social.
·
Facilitar al Departamento de
Empleo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz cuanta información y/o documentación
complementaria se considere necesaria para la comprensión, evaluación y
fiscalización de las subvenciones recibidas con cargo a estas ayudas.
·
Comunicar al órgano concedente la
solicitud y/o la obtención de otras ayudas o subvenciones que financien los
gastos subvencionados.
·
Realizar los contratos objeto de
la subvención por una duración mínima de 3 meses.
Disponibilidad presupuestaria
- El presupuesto de la presente
convocatoria para el año 2014 tiene una dotación de 1.000.000€
- La concesión de las ayudas estará
condicionada a la disponibilidad presupuestaria.
- Las solicitudes cursadas de empresas con una plantilla mayor de 250
trabajadores quedarán pendientes de valorar hasta el final del periodo de
subvención.
Pueden consultar con nuestro Área Laboral preguntando por:
Asier Bravo abravo@grupovadillo.com o por Isabel Valverde ivalverde@grupovadillo.com
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