El 30 de octubre de 2012 se publícó la
Ley7/2012 de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de
adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones
en la prevención y lucha contra el fraude.
Las modificaciones son las
siguientes:
1. Nueva obligación de informar de
cuentas y bienes opacos en el extranjero. Las rentas descubiertas se imputarán
al último ejercicio no prescrito con una multa del 150% de su valor. Habrá
multas de 5.000 euros por cada dato omitido y un mínimo de 10.000 euros.
2. Límite al uso de dinero en
efectivo de 2.500 euros. Si se incumple habrá multa del 25% del valor del pago,
que responderán pagador y receptor de forma solidaria a no ser que una de las
partes denuncie.
3. Exclusión del régimen de módulos
de quienes facturan menos del 50% de sus operaciones a particulares y sus
rendimientos sean superiores a 50.000 euros al año.
4. La
norma incrementa las multas de Hacienda a empresas y particulares en un 160%. Se
pasa de sancionar con 600 eruos a los contribuyentes que se retrasen o
incomparrezcan a 100.000 euros.
5. Ampliación de los poderes de
Hacienda, que podrá adoptar medidas cautelares en procesos de delito fiscal sin
intervención inicial de un juez. Se amplían las posibilidades de embargo. Las
multas por resistencia a empresas y particulares oscilan entre 1000 y 600.000
euros.
Cualquier duda sobre la materia pueden contactar con Luis Miguel
llamazares l.m.llamazares@grupovadillo.com
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