Con fecha 21 de diciembre se ha publicado en el
Boletín Oficial del Estado el REAL DECRETO-LEY 16/2013 de 20 de diciembre, de
medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de
los trabajadores, que presenta como principales novedades las siguientes:
CONCEPTOS COMPUTABLES EN
LA BASE DE COTIZACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Disposición Final Tercera del Real Decreto-Ley
16/2013 de 20 de diciembre, modifica el artículo 109 de la LGSS en cuanto a los
conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la
Seguridad Social se refiere. Conforme a lo anterior, se definen como conceptos
incluidos en la base de cotización, entre otros, los siguientes:
· La totalidad del importe abonado a los
trabajadores por pluses de transporte y distancia.
· Mejoras de las prestaciones de Seguridad
Social, salvo las correspondientes a la incapacidad temporal.
· Asignaciones asistenciales, salvo las
correspondientes a gastos de estudios del trabajador o asimilado, cuando vengan
exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características del puesto
de trabajo.
· La totalidad de los gastos normales de
manutención y estancia generados en el mismo municipio del lugar del trabajo
habitual del trabajador y del que constituya su residencia.
Cualquier duda
al respecto pueden contactar con nuestro área laboral Isabel
Valverde ivalverde@grupovadillo.com ó Asier Bravo abravo@grupovadillo.com
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