Cuadro resumen de la Ley 11/2013, de 26 de julio de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
MODALIDAD
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CONDICIONES
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INCENTIVOS
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EXCLUSIONES
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CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL
CON VINCULACIÓN FORMATIVA
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· Para desempleados menores de 30 años.
· Por tiempo indefinido o duración determinada.
· Jornada >50% jornada completa.
· Mantener nivel de empleo durante un período equivalente
a la duración del contrato incentivado.
· Trabajador inscrito como desempleado durante 12 meses de
los últimos 18.
· Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de
F.P., o Certificado de Profesionalidad.
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· Para empresas de <250 trabajadores, reducción del
100% de la cuota empresarial a la S.S. por Contingencias Comunes
correspondiente al trabajador.
· Para empresas de >250 trabajadores, reducción del
75%
· Este incentivo podrá ser prorrogado por otros 12 meses
si el trabajador continúa compatibilizando el empleo con la formación, o la haya
cursado en los 6 meses previos a la finalización del primer periodo.
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CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE UN
MENOR DE 30 AÑOS
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· Para microempresas y/o autónomos de 9 ó menos
trabajadores.
· Jornada completa o parcial.
· Joven desempleado menor de 30 años.
· Sin vínculo laboral anterior.
· No haber adoptado despidos improcedentes en los 6 meses
anteriores a la celebración del contrato, o con posterioridad al
24/02/2013
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· Reducción de toda la cuota empresarial a la S.S. por
Contingencias Comunes durante el primer año.
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· Cuando sea por tiempo indefinido de apoyo a los
emprendedores.
· Trabajos Fijos Discontinuos.
· Contratos indefinidos con personas con
discapacidad.
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CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES DE
45 Ó MÁS AÑOS
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· Para nuevos proyectos de emprendimiento joven (autónomos
menores de 30 años).
· Contratación indefinida.
· Jornada completa o parcial.
· Ser el primer trabajador de la empresa, >=45 años, y
desempleado.
· Mantener al trabajador durante 18 meses, salvo causas no
imputables al empresario o por periodo de prueba. En estos casos se podrá
celebrar un nuevo contrato similar, sin poder exceder en conjunto de 12 meses de
reducción de las cuotas.
· Si la contratación pudiera dar lugar a otras
bonificaciones o reducciones en las cuotas de S.S., se deberá optar por sólo
una.
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· Reducción del 100% de la cuota empresarial de la S.S.
incluidas A.T. y E.P., y las cuotas de recaudación conjunta, durante un período
de 12 meses.
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CONTRATACIÓN DE JOVENES
DESEMPLEADOS SIN EXPERIENCIA LABORAL
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· Para jóvenes desempleados menores de 30 años y sin
experiencia laboral, o inferior a 3 meses.
· Duración mínima de 3 meses, y máxima de 6. Salvo acuerdo
superior en convenio (que no podrá exceder los 12 meses).
· Jornada completa o tiempo parcial (superior al 75% de la
jornada completa).
· Se deberá mantener el nivel de empleo durante al menos
12 meses.
· Según la “Ley de Emprendedores”, se podrá prorrogar por
una única vez, sin exceder de la duración máxima. Podrán ser celebrados por ETTs
para ser dispuestos a disposición de empresas usuarias. (**)
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· Bonificación en las cuotas empresariales a la S.S. de
41,67.- €/mes (500.- €/año) durante 3 años, si una vez transcurrido el plazo
mínimo de tres meses lo transformen en indefinidos, y que la jornada sea al
menos del 50%
· Si el trabajador fuera mujer, la bonificación sería de
58,33.- €/mes (700.- €/año).
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CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS PARA
EL PRIMER EMPLEO
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· Para jóvenes menores de 30 años (aunque hayan
transcurrido 5 ó más años desde la finalización de los estudios).
· Según la “Ley de Emprendedores”, los incentivos se
pueden aplicar de forma general, y no solamente a los del primer empleo.
(**)
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· Reducción del 50% de la cuota empresarial a la S.S. por
Contingencias Comunes durante toda la vigencia del contrato.
· Reducción del 75% en caso de ser prácticas no laborales.
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TRABAJADORES POR CUENTA
PROPIA MENORES DE 30 AÑOS (**)
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· Para trabajadores por cuenta propia menores de 30
años.
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· Cuota inicial reducida a la
S.S.
· Compatibilización de la prestación por desempleo con el
inicio de una actividad por cuenta propia o la capitalización por
desempleo.
· Bonificaciones aplicables sobre la cuota por
contingencias comunes incluida la Incapacidad Temporal.
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* “Ley de
Emprendedores” (Capítulo III de la Ley 11/2013, Estímulos a la
Contratación)
** “Ley de
Emprendedores” (Ley 11/2013 y R.D.L. 4/2013
Cualquier
duda sobre dichas medidas pueden ponerse con contacto con el Área Laboral de
Vadillo Asesores en el Tfno. 945 22 27 62.