Real Decreto 637/2014, de 25 de julio de 2014.
Se amplía el plazo hasta el 30 de septiembre de 2014 para
la presentación de las liquidaciones complementarias de los nuevos conceptos
computables, correspondientes a los periodos de diciembre 2013 a julio 2014.
La base de cotización para todas las contingencias del
Régimen General de la Seguridad Social estará constituida por la remuneración total, cualquiera que
sea su forma o remuneración, tanto en metálico, como en especie, que tenga
derecho a percibir el trabajador. Las percepciones de vencimiento superior al
mes se prorratearán en doce mensualidades.
Esta ampliación de las cotizaciones en conceptos con anterioridad exentos
supone:
- Un incremento de las bases de cotización, pero no supone ningún cambio para aquellos que ya cotizaban por la base máxima.
- Un coste superior para el empleador y una mayor deducción para el trabajador con nómina que reciba algún tipo de retribución en especie al margen del salario base.
- El mayor coste en cotizaciones sociales puede conllevar la revisión y nueva negociación de Convenios colectivos, por posibles descuelgues salariales y modificación de condiciones sustanciales, dado que los conceptos que se incluyen son percepciones no salariales o extra salariales.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/26/pdfs/BOE-A-2014-7969.pdf
Asier Bravo abravo@grupovadillo.com o por Isabel Valverde ivalverde@grupovadillo.com